Se hace de su conocimiento las acciones que ha emprendido el Sindicato Nacional de Renovación al Servicio de los Trabajadores del Poder Judicial Federal, en relación con las reformas efectuadas a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, así como la implementación de la Ley de Carrera Judicial.
En ese sentido, resulta necesario tener presente que dichas reformas parten de una premisa incorrecta, al señalarse que traen cambios fundamentales en beneficio de la impartición de justicia, cuando en realidad, se trata de una reforma laboral que va en retroceso de los derechos adquiridos por la base trabajadora, suprimiendo puestos de base y transformándolos en ’de confianza’, negando el derecho a una estabilidad laboral y creando un procedimiento unilateral para cesar a los trabajadores de manera inmediata, y, posterior a ello, alegar el cese en el procedimiento respectivo ante la Comisión Substanciadora del Poder Judicial de la Federación, privando de esta forma a la base trabajadora de un juicio imparcial y que cuente con un recurso o medio de impugnación para controvertirlo antes de un ilegal cese.
Partiendo de lo anterior y ante la apatía del diverso Sindicato del Poder Judicial de la Federación, quien a través de su dirigente nacional Gilberto González Pimentel, emitió un comunicado el 7 de julio de 2021, en el cual a la letra manifestó:
’…respecto del contenido de la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación, se estima que ésta no tiene un efecto perjudicial para la actual base trabajadora.
Por el contrario, un seguimiento que este Sindicato ha dado esos temas… la publicación de la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación y la nueva Ley Orgánica del propio pode; permite sostener válidamente que su finalidad no es la de causar un detrimento a los trabajadores, sino que, en términos generales pretende privilegiar la función sustantiva del Poder Judicial de la Federación, es decir, la impartición de justicia.
En ese afán, se insiste en que más que perjudicar a los trabajadores, la aplicación de dichas leyes puede redituarles beneficios…’
Por ello, esta agrupación sindical emprendió las siguientes estrategias de defensa:
• Se presentó demanda de amparo indirecto, de la que tocó conocer el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México, bajo el número de expediente 1795/2021; demanda de amparo que fue desechada mediante acuerdo de 22 de julio de 2021, inconforme con esa determinación, se interpuso recurso de queja la cual se declaró fundada y se ordenó admitir a trámite.
• Posterior a ello, se acudió en diversa demanda de amparo, a partir de los actos de aplicación, tocando de igual forma conocer el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México, con el número de expediente 3364/2021, la cual está en trámite.
Lo anterior pone de relieve que el diverso Sindicato representado por Gilberto González Pimentel no ejerció en tiempo y forma la defensa oportuna a través del juicio de amparo en contra de las ilegalidades de las reformas judiciales que tanto nos afectan.
Compañeros no se dejen ENGAÑAR ante comunicados mal intencionados en el sentido de que Gilberto González Pimentel va emprender acciones cuando no lo hizo en el momento oportuno para controvertir las ilegalidades de las reformas que nos afectan. UNETE A NUESTRA CAUSA, LUCHA CON NOSTROS, JUNTOS LO LOGRAREMOS.
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SECRETARIO GENERAL
JUAN ALBERTO PRADO GÓMEZ.
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